Ingreso Mínimo Vital (IMV)

¿Qué es el IMV?
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica de carácter no contributivo que garantiza un nivel mínimo de ingresos a las personas, familias y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica. Su objetivo es reducir la pobreza y fomentar la inclusión social y laboral.
No es una ayuda puntual, sino una renta mensual estable, compatible con el empleo y con otras prestaciones, siempre que se mantengan los requisitos que dieron lugar a su concesión.
¿Quién lo concede?
El IMV se concede y gestiona principalmente por la Seguridad Social a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
No obstante, el País Vasco (desde el 30 de marzo de 2022) y Navarra (desde el 6 de abril de 2022) han asumido plena gestión del IMV en sus territorios. Además, desde 2023 el Gobierno permite que otras comunidades de régimen común lo soliciten a través de convenios, como han hecho ya Andalucía o Castilla y León.
¿Dónde se solicita?
Puedes pedir el IMV por internet o de forma presencial. La vía online es la más rápida y recomendable, aunque también puedes hacerlo en las oficinas de la Seguridad Social con cita previa:
Requisitos generales
- Edad: entre 23 y 65 años (desde los 18 si se tienen menores a cargo).
- Residencia: vivir de forma legal y efectiva en España durante al menos 1 año.
- Vulnerabilidad económica: ingresos y patrimonio por debajo de los umbrales fijados.
- Unidad de convivencia: individual o familiar (pareja, con hijos, monoparentales, etc.).
Cuantías para el año 2025
- Un adulto solo: 7.250 € anuales (604 €/mes).
- Un adulto + 1 menor: 9.425 € anuales (785 €/mes).
- Un adulto + 2 menores: 11.600 € anuales (966 €/mes).
- Dos adultos + 2 menores: 12.850 € anuales (1.070 €/mes).
- Máximo (familias numerosas o monoparentales): 15.900 € anuales (1.325 €/mes).
Además:
- Complemento por monoparentalidad (~115 €/mes).
- Complemento por discapacidad (hasta +22 %).
- Complemento de infancia (57,50 € a 115 €/mes por hijo menor, según edad).
Complementos autonómicos del IMV
Además del IMV estatal y sus complementos, cada Comunidad Autónoma ha desarrollado sus propios programas de rentas mínimas o ayudas, que en algunos casos complementan, en otros computan o incluso son alternativas al IMV.
Documentación habitual necesaria
- DNI o NIE de todos los miembros.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Libro de familia o documento equivalente.
- Justificantes de ingresos y patrimonio.
- Resolución de discapacidad o dependencia (si aplica).
Plazos y resolución
- La Seguridad Social dispone de 6 meses para resolver.
- Si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque conviene confirmarlo en la sede electrónica.
Compatibilidades
- Compatible con empleo y algunas ayudas, siempre que no se superen los umbrales.
- Compatible con prestaciones autonómicas o municipales, aunque en muchos casos el importe se descuenta en el cálculo.
En resumen
El IMV es un derecho que garantiza ingresos mínimos a las personas y familias más vulnerables. Se pide a la Seguridad Social, y se ajusta cada año a la situación de cada hogar.
Además, cada Comunidad Autónoma tiene sus propios programas, que en algunos casos complementan y en otros sustituyen al IMV.

