Ingreso Mínimo Vital (IMV)

Logo oficial del Ingreso Mínimo Vital

¿Qué es el IMV?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica de carácter no contributivo que garantiza un nivel mínimo de ingresos a las personas, familias y unidades de convivencia en situación de vulnerabilidad económica. Su objetivo es reducir la pobreza y fomentar la inclusión social y laboral.

No es una ayuda puntual, sino una renta mensual estable, compatible con el empleo y con otras prestaciones, siempre que se mantengan los requisitos que dieron lugar a su concesión.

¿Quién lo concede?

El IMV se concede y gestiona principalmente por la Seguridad Social a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

No obstante, el País Vasco (desde el 30 de marzo de 2022) y Navarra (desde el 6 de abril de 2022) han asumido plena gestión del IMV en sus territorios. Además, desde 2023 el Gobierno permite que otras comunidades de régimen común lo soliciten a través de convenios, como han hecho ya Andalucía o Castilla y León.

¿Dónde se solicita?

Puedes pedir el IMV por internet o de forma presencial. La vía online es la más rápida y recomendable, aunque también puedes hacerlo en las oficinas de la Seguridad Social con cita previa:

  • En los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), con cita previa.
  • También algunas Comunidades Autónomas colaboran en la tramitación.

Requisitos generales

  • Edad: entre 23 y 65 años (desde los 18 si se tienen menores a cargo).
  • Residencia: vivir de forma legal y efectiva en España durante al menos 1 año.
  • Vulnerabilidad económica: ingresos y patrimonio por debajo de los umbrales fijados.
  • Unidad de convivencia: individual o familiar (pareja, con hijos, monoparentales, etc.).

Cuantías para el año 2025

  • Un adulto solo: 7.250 € anuales (604 €/mes).
  • Un adulto + 1 menor: 9.425 € anuales (785 €/mes).
  • Un adulto + 2 menores: 11.600 € anuales (966 €/mes).
  • Dos adultos + 2 menores: 12.850 € anuales (1.070 €/mes).
  • Máximo (familias numerosas o monoparentales): 15.900 € anuales (1.325 €/mes).

Además:

  • Complemento por monoparentalidad (~115 €/mes).
  • Complemento por discapacidad (hasta +22 %).
  • Complemento de infancia (57,50 € a 115 €/mes por hijo menor, según edad).

Complementos autonómicos del IMV

Además del IMV estatal y sus complementos, cada Comunidad Autónoma ha desarrollado sus propios programas de rentas mínimas o ayudas, que en algunos casos complementan, en otros computan o incluso son alternativas al IMV.

  • Aragón: Prestación Aragonesa Complementaria al IMV (PACIMV)
  • Andalucía: Ayuda Complementaria al IMV
  • Comunidad Valenciana: Renta Valenciana de Inclusión
  • País Vasco: Renta de Garantía de Ingresos (RGI)
  • Cataluña: Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC)
  • Navarra: Renta Garantizada
  • Madrid: Renta Mínima de Inserción (RMI)
  • Galicia: RISGA (Renta de Inclusión Social de Galicia)
  • Asturias: Salario Social Básico
  • Baleares: Renta Social Garantizada
  • Canarias: Prestación Canaria de Inserción (PCI)
  • Castilla-La Mancha – Ingreso Mínimo de Solidaridad (IMS)
  • Castilla y León: Renta Garantizada de Ciudadanía
  • Extremadura: Renta Extremeña Garantizada
  • La Rioja: Renta de Ciudadanía
  • Murcia: Renta Básica de Inserción
  • Ceuta: Ingreso Mínimo de Inserción
  • Melilla: Ingreso Melillense de Integración

Documentación habitual necesaria

  • DNI o NIE de todos los miembros.
  • Certificado de empadronamiento colectivo.
  • Libro de familia o documento equivalente.
  • Justificantes de ingresos y patrimonio.
  • Resolución de discapacidad o dependencia (si aplica).

Plazos y resolución

  • La Seguridad Social dispone de 6 meses para resolver.
  • Si no hay respuesta, se entiende denegada por silencio administrativo, aunque conviene confirmarlo en la sede electrónica.

Compatibilidades

  • Compatible con empleo y algunas ayudas, siempre que no se superen los umbrales.
  • Compatible con prestaciones autonómicas o municipales, aunque en muchos casos el importe se descuenta en el cálculo.

En resumen

El IMV es un derecho que garantiza ingresos mínimos a las personas y familias más vulnerables. Se pide a la Seguridad Social, y se ajusta cada año a la situación de cada hogar.

Además, cada Comunidad Autónoma tiene sus propios programas, que en algunos casos complementan y en otros sustituyen al IMV.