Instrucción sobre nacionalidad española de la Ley de Memoria Democrática
Instrucción de 25 de octubre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre el derecho de opción a la nacionalidad española establecido en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática
Desarrolla el derecho de opción a la nacionalidad española previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022. Determina las personas que podían acogerse a este derecho y establece los criterios de interpretación, competencia, procedimiento, documentación y modelos de solicitud que deben aplicar las Oficinas del Registro Civil.
Identificación de la norma
- Tipo de norma
- Instrucción
- Órgano emisor en la fecha de publicación
- Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública
- Referencia oficial
- BOE-A-2022-17470
Ámbito y clasificación
- Ámbito territorial
- Estatal
- Territorio
- España
- Materia de regulación
- Memoria democrática · Nacionalidad
Publicaciones oficiales
- BOE · 26/10/2022 · Núm. 257
Vigencia y aplicación
- Estado comprobado
- Vigente
- Entrada en vigor
- 27/10/2022
Particularidades de aplicación
La Instrucción entró en vigor el 27 de octubre de 2022. Fue objeto de corrección de errores publicada el 14 de febrero de 2023 y posteriormente modificada por la Instrucción de 5 de noviembre de 2024, publicada el 11 de noviembre de 2024. El plazo para ejercer el derecho de opción a la nacionalidad previsto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, inicialmente establecido en dos años, fue prorrogado durante un año y finalizó el 22 de octubre de 2025. No obstante, continúan tramitándose los procedimientos iniciados dentro del plazo y, en los supuestos previstos para Oficinas Consulares, las solicitudes correspondientes a citas solicitadas dentro de plazo pueden formalizarse posteriormente conforme a las reglas establecidas en la propia Instrucción.
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Texto consolidado · Versión: 11/11/2024
