RDL 29/2026: Decreto de protección social y vivienda asequible
Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible
Este real decreto-ley regula un amplio paquete de medidas urgentes para proteger la función social de la vivienda en España y ampliar la oferta de vivienda asequible. Incluye limitaciones a la compra especulativa, suspensión de desahucios sin alternativa habitacional, modificaciones en la Ley de Arrendamientos Urbanos para reforzar la protección de inquilinos y regular alquileres temporales y por habitaciones. Establece incentivos fiscales para alquileres asequibles y la rehabilitación de viviendas, modifica impuestos locales y regula a las SOCIMI para fomentar el alquiler asequible. Establece medidas para incrementar y proteger el parque público de vivienda, creando la entidad CASA 47 para gestionar inmuebles públicos, y fomenta la vivienda asequible nueva con apoyo a la construcción industrializada y líneas de avales. Además, crea el mecanismo TU CASA para facilitar la financiación sin intereses del acceso a la primera vivienda. Regula la transparencia en la publicidad de arrendamientos y crea la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa para canalizar inversiones hacia vivienda y otros sectores estratégicos, con régimen fiscal especial. La norma cuenta con disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales que organizan su aplicación y competencia.
Identificación de la norma
- Tipo de norma
- Real decreto ley
- Órgano emisor en la fecha de publicación
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
- Referencia oficial
- BOE-A-2026-20823
Ámbito y clasificación
Publicaciones oficiales
- BOE · 07/10/2026 · Núm. 249 · Consultar publicación ↗
Vigencia y aplicación
- Estado comprobado
- Vigente
- Entrada en vigor
- 08/10/2026
Particularidades de aplicación
En vigor desde el 8 de octubre de 2026, con distintas medidas de aplicación temporal. Algunas previsiones sobre adquisiciones especulativas y suspensión de desahucios se mantienen hasta el 31 de diciembre de 2030, mientras que la limitación extraordinaria de la actualización de rentas se aplica hasta el 31 de diciembre de 2027. Determinadas medidas fiscales y financieras tienen fechas de aplicación específicas o quedan pendientes de desarrollo reglamentario. Boletín Oficial del Estado
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Publicación original · Versión: 07/10/2026
